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Instalación fotovoltaica.- ¿Estás pensando en invertir en instalación solar fotovoltaica?.¿Crees que la producción energética es una oportunidad de negocio?. ¿Necesitas apoyo técnico y asesoramiento para ponerla en marcha? . ¿Qué alternativas tengo en suelo No Urbanizable?

Como sabéis hay una gran demanda de proyectos para Plantas Solares Fotovoltaicas sobre Suelo, que en la mayor parte de los casos es sobre Suelo No Urbanizable.

Aquí te explicamos de forma breve el procedimiento administrativo, así como, los proyectos necesarios para la ejecución de la Instalación.

Instalación Fotovoltaica

Estudios previos desde el punto de vista urbanístico y ambiental

En el caso de que necesites ayuda para dilucidar la ubicación, ya no sólo desde el punto de vista técnico, que ya es complejo, sino desde el punto de vista ambiental y urbanístico, no dudes que puedes contactar con nosotros.

Actualmente las autorizaciones en Suelo No Urbanizable requieren para su consecución de un estudio del cumplimiento de la normativa urbanística municipal o territorial que le sea aplicable. Siendo cada vez es más importante afecciones territoriales del ámbito supramunicipal como el PATIVEL o el PATRICOVA.

Desde el punto de vista ambiental también es importante estudiar si los terrenos gozan de protecciones ambientales como el PATFOR.

Por lo que te recomendamos que no sólo se estudie la ubicación de la Planta Solar desde el punto de vista técnico, por ejemplo por cercanía a redes de evacuación, sino también desde el punto de vista urbanístico y ambiental. De esta forma las posibilidades de éxito de las autorizaciones se incrementan, reduciendo los tiempos de autorización si se hace un buen estudio previo.

 Instalación Solar Fotovoltaica

Tipos de trámites y documentación asociada

Primero de todo saber que en términos generales, si la instalación solar fotovoltaica tiene una potencia instalada superior a 50 MW la autorización de la planta solar es competencia de la Administración General del Estado (AGE). Si es inferior, la competencia es autonómica.

Os vamos a contar de manera resumida los trabajos y proyectos que podemos redactar para ayudaros para obtener la autorización administrativa de las instalaciones de producción de energía eléctrica a través de instalaciones fotovoltaicas sobre suelo no urbanizable:

Instalaciones inferiores a 5 MW o una superficie máxima de 100.000 m2 (10 Ha)
  • Para instalaciones inferiores a 5 MW o una superficie máxima de 100.000 m2 (10 Ha) no se requiere de proyecto urbanístico. Para ello y como paso previo será necesaria obtener por parte del Ayuntamiento el Certificado de Compatibilidad Urbanística positivo. Una vez obtenido se podrán redactar los dos proyectos necesarios, que van en paralelo:
    • Para la obtención de la licencia de actividad: Proyecto de Licencia Ambiental o Declaración Responsable Ambiental.
    • En la obtención de la licencia de obra: Proyecto de Ejecución.
    • Con este tipo de instalaciones no vas a necesitar ni estudio de impacto ambiental ni de proyecto urbanístico.
Instalación tiene una potencia de 5 MW hasta 25 MW o la instalación ocupa una superficie entre 100.000 m2 y 500.000 m2 (10 Ha – 50 Ha)
  • Si tu instalación tiene una potencia de 5 MW hasta 25 MW o la instalación ocupa una superficie entre 100.000 m2 y 500.000 m2 (10 Ha – 50 Ha) se requiere autorización urbanística . Para lo que hay que redactar:
    • Proyecto Urbanístico en forma de Declaración de Interés Comunitario (DIC), que lleva aparejado un Estudio de Integración Paisajística,
    • Además, será necesario la redacción de un Estudio de Impacto Ambiental.
    • Una vez conseguida la autorización urbanística y ambiental, ya se podrán iniciar ante el Ayuntamiento las autorizaciones de licencias de actividad y obras, previa entrega de los proyectos de actividad y de ejecución de la instalación de forma similar la punto anterior.
Instalaciones de potencia superior a 25 MW o superficie superior a 500.000 m2 (50 Ha)
  • Para instalaciones de potencia superior a 25 MW o superficie superior a 500.000 m2 (50 Ha) se requiere también de autorización urbanística, también esta vez bajo la figura de:
    • Plan Especial, que al igual que la DIC lleva aparejado una Declaración de Interés Comunitario
    • Además, será necesario al igual que en el caso anterior la redacción de Estudio de Impacto Ambiental
    • En cuanto a la Licencia de Actividad y Licencia de Obras es similar al caso anterior.
Con potencia instalada superior a 50 MW o superficie superior a 1.000.000 m2 (100 Ha)
  • Y finalmente para instalaciones con potencia instalada superior a 50 MW o superficie superior a 1.000.000 m2 (100 Ha) se requerirá de forma adicional a lo que se ha comentado anteriormente la autorización por parte de la Administración General del Estado.

 

Tipos de Trámites de Impacto ambiental

Respecto al estudio de impacto ambiental, la tramitación será simplificada mediante la figura de Estimación de Impacto Ambiental si la superficie ocupada está comprendida entre las 10 Ha y las 100 Ha.  La tramitación será de tipo ordinario mediante Evaluación de Impacto Ambiental si la superficie ocupada es mayor a 100 Ha.

Normativa Básica de Aplicación: